lunes, 10 de noviembre de 2014

Cambios en la bonificacion por personal investigador

Desde el pasado 14 de septiembre está vigente el incentivo BONIFICACIÓN DEL 40% EN CUOTA EMPRESARIAL DE LA SS.SS. POR PERSONAL INVESTIGADOR.

Esta bonificación se podrá aplicar sobre los trabajadores, de los grupos de cotización 1, 2, 3 o 4 del Régimen General de la SS.SS., que con carácter EXCLUSIVO y por la TOTALIDAD de su tiempo de trabajo realicen actividades de I+D+i (según definición fiscal recogida en art. 35 del RDL 4/2004 para I, D e IT).

Esta bonificación será COMPATIBLE con las deducciones fiscales por I+D+i dentro de la misma empresa siempre que no se aplique sobre el mismo trabajador. Como excepción, en el caso de PYME INNOVADORA, cuyo Registro por parte de MINECO se espera para Noviembre 2014, la compatibilidad será plena aún para los mismos trabajadores.

Si desean empezar a aplicar dicha bonificación deberán solicitarla a la SS.SS. antes del inicio del mes de aplicación, o, excepcionalmente, hasta el 14/11/2014 para los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre de 2014.
   
Además, la bonificación tiene carácter RETROACTIVO, por ello podrá solicitarse hasta el 30/12/2014 la devolución del exceso de cuota empresarial (40% bonificable) ingresado en la SS.SS. durante el periodo comprendido entre el 0 1/01/2013 y el 14/09/2014 por los investigadores de la entidad.

Igual que en el caso de las deducciones fiscales por I+D+i existe, de forma opcional, para dar seguridad jurídica a la aplicación de esta bonificación la figura del Informe Motivado Vinculante del MINECO. Este informe será OBLIGATORIO para las entidades que soliciten la bonificación para 10 o más trabajadores durante 3 o más meses del mismo ejercicio.

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