viernes, 20 de diciembre de 2013

Galicia Emprende: Ayudas a la creación de empresas

El Consejo de Dirección del Igape, en su reunión de 24 de octubre de 2013, acordó aprobar las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a los proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas o de realización de inversiones en pequeñas y medianas empresas nuevas promovidas por nuevos emprendedores.

Con el objetivo de estimular e impulsar la recuperación del tejido empresarial en la Comunidad Autónoma, fomentar el desarrollo equilibrado del territorio gallego y favorecer la creación de empleo a través de la creación de empresas por parte de nuevos emprendedores, el Igape desarrolla un sistema de incentivos de apoyo a proyectos de hasta 500.000 euros de inversión subvencionable.

Las ayudas reguladas en esta resolución estarán cofinanciadas al 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, eje 2, tema prioritario 09, actuación 4, y convocar para 2014 dichas ayudas en régimen de concurrencia no competitiva.


ENTIDAD OFERTANTE

IGAPE

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

RESOLUCIÓN 05/12/2013 (DOG 13/12/2013 pág. 47.893)
Procedimiento IG104

OBJETO

Proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas o de realización de inversiones en pequeñas y medianas empresas nuevas promovidos por nuevos emprendedores para la ampliación de su nuevo establecimiento. Deberán cumplir, entre otros:

a) No hayan comenzado antes de la presentación de la solicitud de ayuda.

b) Presenten un coste subvencionable superior a 35.000 euros y no superior a 500.000 euros, que se realizará en el plazo de ejecución del proyecto que se establezca en la resolución de concesión; si el coste subvencionable resultara superior a 500.000 euros, el Igape reduciría la base subvencionada a esta cantidad.

c) Los gastos y/o inversiones subvencionables tendrán que estar localizados en el centro de trabajo de la empresa en Galicia.

Se considera nuevo emprendedor, a efectos de estas bases, aquella persona física que no esté acometiendo otra actividad económica por cuenta propia a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda. Se considerará que no se cumple esta condición cuando una persona en el momento de la solicitud figure de alta en el RETA con una antigüedad superior a un año o detente una participación igual o superior al 25 % en otra sociedad mercantil.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas que cumplan las siguientes condiciones:

1. Composición del capital, en el caso de sociedades mercantiles:

a) Su capital tendrá que encontrarse mayoritariamente participado por la suma de las participaciones de personas físicas que no estén acometiendo otras actividades económicas por cuenta propia a la fecha de presentación de la solicitud y de las aportaciones de entidades de capital riesgo e inversores privados adscritos a una red asimilable a las conocidas como redes de business-angels. Cuando de la documentación y datos que consten en el expediente se observara que se produce continuidad empresarial, por baja reciente (antigüedad menor a un año) en una actividad que es igual o similar a la que se propone como nueva, o por razones que permiten concluir una continuidad de empresa preexistente, podrá denegarse motivadamente la ayuda.

b) La participación en el capital de la empresa de personas, físicas o jurídicas, que sí estén desarrollando otras actividades económicas en la fecha de solicitud no podrá exceder conjuntamente el 49 %. Por lo menos una de las personas físicas con una participación superior al 20 % en el capital y sin otra actividad económica por cuenta propia a la fecha de solicitud deberá tener una dedicación plena al proyecto, y no podrá desempeñar otra actividad por cuenta ajena desde el alta de actividad de la nueva empresa (o en el caso de contar con alta de actividad en el momento de la solicitud de ayuda, desde el día de dicha solicitud) y hasta el fin del período de ejecución del proyecto establecido en la resolución de concesión.

2. Antigüedad en la actividad empresarial:

i) En el caso de autónomos, la fecha de alta censual no podrá tener una antigüedad superior a un año en el momento de la solicitud de ayuda y deberá tener una dedicación plena al proyecto, y no podrá desempeñar otra actividad por cuenta propia o ajena desde el alta de actividad (o en el caso de contar con alta de actividad en el momento de la solicitud de ayuda, desde el día de dicha solicitud).

ii) En el caso de sociedades, tanto su fecha de constitución como su fecha de alta censual no podrán tener una antigüedad superior a un año en el momento de la solicitud de ayuda.

3. Contribución financiera exenta de ayudas públicas:

Los beneficiarios deberán aportar para el proyecto de inversión una contribución financiera exenta de cualquier tipo de apoyo público de por lo menos un 25 % de su importe, sea mediante recursos propios o mediante financiación externa.

Excluidos CNAE 09: 01, 02, 03 y 05 (excepto 01.61, 01.62 e 02.40), 10.2, 46.38, sector fibras sintéticas, 24.1, 24.2, 24.3, 24.51, 24.52, 30.11.

En los subsectores de hostelería, restauración y hospedaje, únicamente serán subvencionables las actividades de restaurantes y de hoteles de dos estrellas o superiores

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

a) Inversiones realizadas en:

i. Obra civil para construcción, reforma o habilitación de instalaciones, sujetos a los módulos máximos de coste subvencionable que se acercan como anexo VI.

ii. Bienes de equipamiento: maquinaria de proceso, utensilios, equipamientos informáticos, mobiliario, instalaciones específicas para la actividad subvencionable, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, medios de protección del ambiente y otros bienes de equipamiento ligados al proyecto. En los sectores del transporte y logístico no serán subvencionables los elementos de transporte exterior.

iii. Otras inversiones en activos fijos mobiliarios.

iv. Activos inmateriales vinculados a la transferencia de tecnología, tales como adquisición de derechos de patentes, licencias, Know How y conocimientos técnicos no patentados, incluyendo aplicaciones informáticas, que cumplan las condiciones del artículo 12.2 del Reglamento (CE) nº 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto, general de exención por categorías (DOUE L 214, de 9 de agosto).

b) Gastos de aprovisionamientos de materias primas, productos terminados o servicios de profesionales independientes necesarios para vender un producto o servicio. Pudiendo representar hasta el 10 % del proyecto subvencionado total.

c) Gastos de investigación y desarrollo y el canon fijo de franquicias en su primer año.

d) Los gastos de alquiler de bienes inmuebles, hasta un plazo máximo de un año.

e) Los gastos del informe de auditor a que hace referencia el artículo 16.6º de estas bases.

El Anexo VI marcar importes máximos.

CUANTÍA

Entre un mínimo de un 15% y un máximo del 50% con los siguiente límites:

Para los gastos de inversión:

a) Como regla general:

– Hasta el 40% para medianas empresas.

– Hasta el 50% para pequeñas empresas.

– Hasta el 30% para empresas del sector del transporte.

b) Ayudas a la inversión en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, hasta el 50%.

Para los gastos de alquiler a pequeñas empresas de reciente creación del artículo 14 del Reglamento (CE) 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto, general de exención por categorías; hasta el 35% de los costes subvencionables.

Para los gastos de informe de auditor del artículo 26 del Reglamento (CE) 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto, general de exención por categorías; hasta el 50% de los costes subvencionables.

En el caso de las ayudas otorgadas en régimen de minimis a los gastos de aprovisionamiento y los gastos de alquiler de bienes inmuebles concedidos a beneficiarios que superen los límites de pequeña empresa, se comprobará que las ayudas totales concedidas en régimen de minimis a estos beneficiarios no superarán los 200.000 euros en el ejercicio corriente y en los dos ejercicios anteriores. El límite máximo de ayuda total de minimis se reduce a 100.000 euros para las empresas que operen en el sector de transporte por carretera.

PLAZOS REALIZACIÓN GASTOS

Desde la Solicitud – 30/09/2014 sin fin 2014

Desde la Solicitud – 30/06/2015 si fin 2015

ANTICIPOS

NO

PLAZOS SOLICITUD

02/01/2014 - 30/04/2014 o hasta agotar crédito.

CONCURRENCIA COMPETITIVA NO COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si dentro de las cuantías, excepto fondos UE

Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34-986443311 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com

Ayudas a Equipamiento para PYMEs Sector Servicios

El Consejo de Dirección del Igape, en su reunión de 24 de octubre de 2013, acordó aprobar las bases reguladoras de las ayudas para proyectos de equipamiento tecnológico de las pymes en el sector de los servicios con una inversión subvencionable entre 30.000 € y 200.000 €. Estas ayudas estarán cofinanciadas al 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, eje 2, tema prioritario 09, actuación 5, y convocar para el ejercicio 2014 dichas ayudas en régimen de concurrencia competitiva.

Se trata de subvenciones para apoyar la adquisición de equipamiento tecnológico de las pymes en el sector servicios.


ENTIDAD OFERTANTE

IGAPE

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

RESOLUCIÓN 26/11/2013 (DOG 02/12/2013 pág. 46.510)
Procedimiento IG174

OBJETO

Apoyar la adquisición de equipamiento tecnológico de las pymes en el sector servicios..

BENEFICIARIOS

a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), que tengan radicado algún centro de actividad de carácter permanente en la Comunidad Autónoma de Galicia, desarrollen en el centro radicado en Galicia alguna actividad empresarial no excluida y acometan proyectos subvencionables.

b) Cumpliendo los requisitos de domiciliación y actividad, podrán ser, asimismo, beneficiarias:

  • Las personas físicas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. No podrá disolverse la agrupación hasta que transcurra el plazo de prescripción de cuatro años.
  • Las agrupaciones de interés económico.

Excluidos CNAE 09: 01, 02, 03 y 05 (excepto 01.61, 01.62 y 02.40) 10.2, 46.38, 24.1, 24.2 y 24.3, 24.51, 24.52, 30.11 y sector de fibras sintéticas)

TIPO DE INVERSIONES

Inversión subvencionable entre 30.000 € y 200.000 € incluyendo:

a) Bienes de equipamiento de carácter tecnológico en general ligados directamente al servicio prestado por la pyme.

b) Equipamientos para proceso de datos.

c) Software ligado al servicio prestado por la empresa, con los requisitos del artículo 4.1.b) del Decreto 432/2009, de 11 de diciembre, por el que se regulan las ayudas regionales a la inversión y al empleo en la Comunidad Autónoma de Galicia. No será subvencionable cualquier software que apoye procesos internos de la empresa (como el propio ERP de la empresa).

d) Activos fijos destinados al almacenaje y logística (estanterías, sistemas de automatización, etiquetado y lectura de datos, elementos de transporte interior).

e) Mobiliario y elementos decorativos, limitados al 20 % de la inversión subvencionable total.

CUANTÍA

hasta el 40 % de las inversiones subvencionables, y hasta el 50 % si se dirige exclusivamente a pequeñas empresas, excepto en el sector del transporte, que será el 30 %

PLAZOS REALIZACIÓN GASTOS

Desde la Solicitud – 30/09/2014, sin fin en 2014

Desde la Solicitud – 30/06/2015, si fin en 2015

ANTICIPOS

NO

PLAZOS SOLICITUD

02/01/2014 - 18/02/2014

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si dentro de las cuantías, excepto fondos UE

Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34-986443311 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com

Ayudas 2014 para Iniciativas Abiertas de Difusión

El Consejo de Dirección del Igape, en su reunión de 24 de octubre de 2013, acordó aprobar las bases reguladoras de las ayudas de apoyo a las iniciativas abiertas de difusión. Las ayudas reguladas en esta resolución estarán cofinanciadas en un 80 % por el Fondo Social Europeo en el marco del programa operativo FSE Galicia, eje 1, tema prioritario 63.

Se trata de subvenciones para la realización iniciativas abiertas de difusión promovidas y coordinadas por organismos intermedios de carácter empresarial que puedan implicar en proyectos de interés común a conjuntos de empresas gallegas, generando así el valor añadido de las sinergias, ahorros y reciprocidades de los proyectos compartidos, con el objetivo principal de incrementar y dinamizar la actividad económica en la Comunidad Autónoma, favorecer el desarrollo equilibrado del territorio y lograr el incremento del empleo, a través del desarrollo y mejora de la competitividad de las empresas.


ENTIDAD OFERTANTE

IGAPE

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

RESOLUCIÓN 26/11/2013 (DOG 02/12/2013 pág. 46.545)
Procedimiento IG114

OBJETO

Incentivar proyectos y actuaciones empresariales de iniciativas abiertas de difusión, entendiendo por tales:

a) Jornadas técnicas, seminarios, foros o premios dirigidos a la difusión de técnicas, metodologías, herramientas o buenas prácticas en los terrenos de la innovación y la competitividad.

b) Celebración en Galicia de encuentros empresariales entre emprendedores e inversores privados (business angels).

c) Celebración en Galicia de congresos o eventos expositivos de alcance internacional. El alcance internacional del evento propuesto será determinado en función de su historial previo de congresistas y ponentes en el caso de congresos o de asistentes y expositores en el caso de eventos expositivos, no pudiendo, por tanto, ser considerados como tales las primeras ediciones de un determinado congreso o evento, aquellos cuya periodicidad sea inferior a un año, ni aquellos cuyo carácter internacional esté exclusivamente determinado por una asistencia transfronteriza o por la presencia de ponentes extranjeros.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios las entidades sin fin de lucro, con personalidad jurídica propia (organismos intermedios), que cumplan las siguientes condiciones:

a) Que estén domiciliadas en Galicia o que, teniendo algún centro de actividad en Galicia, desarrollen en Galicia, en su totalidad, el proyecto objeto de apoyo.

b) Que su actividad esté dirigida eminentemente al mundo empresarial.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

a) Para las jornadas técnicas, seminarios, foros o premios:

  • Gastos de publicidad.
  • Elaboración de documentación y edición de ponencias o publicaciones.
  • Costes de contratación de ponentes.
  • El IVA cuando el solicitante acredite su exención.

b) Para encuentros empresariales entre emprendedores e inversores privados el Igape podrá patrocinar la organización, sujeto a la justificación de costes.

c)  Para congresos o eventos expositivos de alcance internacional el Igape podrá patrocinar la organización de iniciativas de interés general, en el seno del congreso o evento expositivo.

CUANTÍA

a) Para jornadas técnicas, seminarios, foros o premios, entre un 25% y un 70%, con límites según el alcance del evento:

  • Provincial o inferior: 6.000 euros.
  • Autonómico: 9.000 euros.
  • Nacional: 12.000 euros.
  • Internacional: 20.000 euros.

b) Para la celebración de encuentros empresariales entre emprendedores e inversores privados un límite por reunión de 10.000 euros.

c) Para la celebración de congresos o eventos expositivos de alcance internacional, un límite general de 50.000 euros, y un límite especial de 125.000 euros cuando concurran las siguientes circunstancias:

  • Eventos con periodicidad anual o superior.
  • Histórico de celebraciones en Galicia de por lo menos 5 ediciones previas.
  • Participación de congresistas (congresos) o expositores (eventos expositivos) de por lo menos 10 países distintos en la última edición.

No se concederá ayuda a aquellos proyectos que una vez evaluados recibirían una subvención inferior a 1.000 euros.

PLAZOS REALIZACIÓN GASTOS

Desde la Solicitud – 15/11/2014

ANTICIPOS

NO

PLAZOS SOLICITUD

02/01/2014 - 03/03/2014

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si dentro de las cuantías, excepto fondos UE

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viernes, 8 de noviembre de 2013

Proyectos 2013 de la Secretaría de Estado de I+D+i

La Secretaría de Estado de I+D+i publicaba esta semana en BOE, las convocatorias de proyectos de investigación para 2013, incorporando las novedades establecidas en el nuevo Plan Estatal de I+D+i.

Así, en lugar de una única convocatoria para proyectos de Investigación Fundamental No Orientada -como venía haciéndose- ahora hay dos modalidades: una de I+D de Excelencia, con un presupuesto de 115,5 millones de euros, y otra de Retos de la Sociedad predefinidos por el Plan Estatal, con un presupuesto de 266,8 millones.

En sus propuestas los investigadores tendrán que elegir entre una u otra. Los proyectos siguen siendo como norma general de 3 años de duración y los IPs deben ser Doctores. Se puede consultar la nota de prensa del Ministerio, al respecto.

Para facilitar la compresión de la convocatoria, ofrecemos fichas resumen de las principales líneas:

Convocatoria 2013 de I+D Excelencia

La convocatoria de I+D Excelencia, de la Secretaría de Estado de I+D+i, tiene por finalidad financiar proyectos de investigación experimentales o teóricos de alta calidad sin orientación temática predefinida. Estos proyectos tienen como objetivo principal el obtener resultados que supongan un avance significativo del conocimiento y tengan un alto impacto científico-técnico, internacional, social o económico.

 

Convocatoria 2013 I+D Retos-Investigación

La convocatoria de I+D Retos-Investigación tiene por finalidad financiar proyectos de investigación, tanto experimentales como teóricos, cuyos objetivos contribuyan a resolver cualquier aspecto recogido en los ocho grandes retos de la sociedad española, identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación.

 

Convocatoria 2013 Explora Ciencia y Explora Tecnología

Las convocatorias Explora Ciencia y Explora Tecnología tienen por objetivo promover la ejecución de proyectos de investigación básica y tecnológica cuyos resultados puedan llegar a representar un avance significativo del conocimiento, mediante el planteamiento y desarrollo de nuevos enfoques y/o metodologías inalcanzables de otro modo.

 

Convocatoria 2013 Acciones de Programación Conjunta Internacional

La convocatoria de Acciones de Programación Conjunta Internacional, está orientada a financiar proyectos de investigación colaborativa de dimensión europea e internacional.

 

Convocatoria 2013 Europa Excelencia

La convocatoria de proyectos Europa Excelencia, financia parcialmente las actuaciones remitidas, evaluadas positivamente y consideradas elegibles por el Consejo Europeo de Investigación, pero que por razones presupuestarias no han podido ser finalmente financiadas por dicho organismo.

 

Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34 986 44 33 11 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com

Convocatoria 2013 Europa Excelencia

La convocatoria de proyectos Europa Excelencia, financia parcialmente las actuaciones remitidas, evaluadas positivamente y consideradas elegibles por el Consejo Europeo de Investigación, pero que por razones presupuestarias no han podido ser finalmente financiadas por dicho organismo.


ENTIDAD OFERTANTE

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

Orden ECC/1779/2013
RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2013

OBJETO

Impulsar la internacionalización de las actividades de I+D, fortalecer el liderazgo internacional de los grupos de investigación españoles y potenciar la participación española en los programas del Consejo Europeo de Investigación, financiando parcialmente las actuaciones de investigación científico-técnica relacionadas con los objetivos de las propuestas remitidas, evaluadas positivamente y consideradas elegibles por dicho Consejo, pero que por razones presupuestarias no han podido ser finalmente financiadas por dicho organismo.

BENEFICIARIOS

1. Organismos públicos de investigación.

2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I.

3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la AGE, y los dependientes o vinculados a las AAPP territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

5. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004.

6. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o contribuyan a su difusión.

7. Centros tecnológicos de ámbito estatal y Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

1. PERSONAL CONTRATADO: doctores titulados superiores y personal técnico.

2. EQUIPAMIENTO, INSTRUMENTAL Y MATERIAL: adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación. Incluye equipos informáticos, programas técnicos y material bibliográfico.

3. FUNGIBLES, SUMINISTROS Y SIMILARES.

4. UTILIZACIÓN Y ACCESO A INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS SINGULARES Y GRANDES INSTALACIONES CIENTÍFICAS.

5. OTROS GASTOS: viajes, dietas, asistencia a congresos, visitas…

6. SOLICITUD Y MANTENIMIENTO DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.

7. PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS.

9. FORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CIENTÍFICO-TÉCNICAS.

La subcontratación no podrá superar el 25% de la ayuda.
COSTES INDIRECTOS: hasta 21% de los costes directos.
INFORME DE AUDITORÍA por cambio entidad beneficiaria: hasta 1.200€.

TIPOLOGÍA DE PROYECTOS (individuales)

1. Haberse presentado a la convocatoria 2013 en la modalidad de «Starting Grants» del ERC,

2. Haber sido seleccionados para la segunda etapa de evaluación,

3. Haber obtenido la calificación A y no haber sido financiados.

CARACTERÍSTICAS EQUIPO

El IP debe cumplir los siguientes requisitos:

i. Ser Doctor;

ii. Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, realizar actividad investigadora, tener una jornada laboral de 800 horas.

CUANTÍA

100% Costes Marginales con MÁX 75.000€

MODALIDAD

SUBVENCIÓN

DURACIÓN

1 año

PLAZOS SOLICITUD

14/11/2013

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si, excepto Fondos Estructurales

Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34 986 44 33 11 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com

Convocatoria 2013 Acciones de Programación Conjunta Internacional

La convocatoria de Acciones de Programación Conjunta Internacional, está orientada a financiar proyectos de investigación colaborativa de dimensión europea e internacional.


ENTIDAD OFERTANTE

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

Orden ECC/1780/2013
RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2013

OBJETO

Financiar proyectos de investigación colaborativa de dimensión europea e internacional, se pretende financiar la parte española de proyectos colaborativos que hayan concurrido a convocatorias internacionales conjuntas, en áreas temáticas específicas, y que demuestren un valor añadido de la colaboración internacional a la hora de enfrentarse a los retos de la sociedad.

BENEFICIARIOS

1. Organismos públicos de investigación.

2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.

3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la AGE, y los dependientes o vinculados a las AAPP territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público.

4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

5. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004.

6. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.

7. Centros tecnológicos de ámbito estatal y Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.

8. Empresas.

9. Agrupaciones de Interés Económico (AIE).

10. Agrupaciones empresariales innovadoras, activas en sectores y regiones concretos, cuyo objetivo es contribuir con eficacia a la transferencia tecnológica y a la divulgación de información entre las empresas integrantes de la agrupación.

11. Empresas Innovadoras de Base Tecnológica (EIBT).

12. Asociaciones empresariales sectoriales.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

1. PERSONAL.

2. EQUIPAMIENTO, INSTRUMENTAL Y MATERIAL: adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación.

3. ADQUISICIÓN DE BIENES EN LEASING.

4. FUNGIBLES, SUMINISTROS Y SIMILARES.

5. INVESTIGACIÓN CONTRACTUAL, CONOCIMIENTOS TÉCNICOS Y PATENTES, CONSULTORÍA Y EQUIVALENTES destinados en exclusiva a la actividad de investigación.

6. SOLICITUD Y MANTENIMIENTO DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.

7. OTROS GASTOS: viajes, dietas, honorarios, utilización de servicios centrales del organismo, cuotas sociedades científicas…

8. ASESORAMIENTO Y APOYO A LA INNOVACIÓN: consultoría de gestión, asistencia tecnológica, servicios de transferencia tecnológica, formación…

9. ESTUDIOS, DIFUSIÓN, PUBLICIDAD, MATERIAL FORMATIVO, ALQUILER DE SALAS…

10. CUOTAS, UTILIZACIÓN Y ACCESO A INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS SINGULARES Y GRANDES INSTALACIONES CIENTÍFICAS.

11. COMPENSACIÓN DEL PERSONLA DE INVESTIGACIÓN NO VINCULADO A LAS ENTIDADES BENEFICIARIAS.

12. INFORME DE AUDITORÍA.

La subcontratación no podrá superar el 50%, excepto cuando el beneficiario sea Entidad Sin Ánimo de Lucro en cuyo caso podrá alcanzar hasta el 90%.

TIPOLOGÍA DE PROYECTOS (cooperación internacional)

1. Programa Transnacional de Nuevas Tecnologías de Plantas y Bioeconomía Basada en el Conocimiento (Plant-KBBE).

2. Programa internacional Material World Network de la Fundación Nacional para la Ciencia de EE. UU. (NSF).

3. Redes de Coordinación del Espacio Europeo de Investigación (ERA-NET), en concreto: a) ERA-NET CHIST-ERA, convocatoria conjunta en Tecnologías de la Información y la Comunicación; b) ERA-NET-RUS, convocatoria conjunta en colaboración con la Federación Rusa, en las áreas de materiales innovadores y cambio climático; c) ERA-NET NEW INDIGO, convocatorias conjuntas en colaboración con India: Convocatoria de proyectos con el Dpto de Ciencia y Tecnología de India (DST) en el área de investigación sobre agua, y convocatoria de proyectos con el Dpto de Biotecnología de India (DBT) en el área de Biotecnología aplicada a la salud humana; d) ERA-NET Ecoinnovera, convocatoria conjunta en el área de ecoinnovación; e) ERA-NET NEURON II, convocatoria conjunta en Neurociencia; f) ERA-NET ERA-IB 2, convocatoria conjunta en Biotecnología Industrial; g) ERA-NET CONCERT-JAPAN, convocatoria conjunta en colaboración con Japón, en el área de almacenamiento eficiente y distribución de energía; h) ERA-NET SOLAR, convocatoria conjunta en las áreas solar fotovoltaica (PV) y solar de concentración (CSP); i) ERA-NET CAPITA, convocatoria conjunta en el área de catálisis; j) ERA-NET FORESTERRA, convocatoria conjunta en el área de investigación forestal mediterránea; k) ERA-NET BIODIVERSA, convocatoria conjunta con JPI-FACCE, en el área de biodiversidad en agricultura.

4. Empresa Común de Nanoelectrónica ENIAC (ENIAC-JU).

5. Iniciativas de Programación Conjunta (JPI): a) JPI Cultural Heritage and Global Change, convocatoria en el área de patrimonio cultural; b) JPI-Water Challenges in a Changing World, convocatoria en el área de contaminantes emergentes y patógenos de origen antropogénico.

CARACTERÍSTICAS EQUIPO

El IP debe cumplir los siguientes requisitos:

i. Ser Doctor o, en caso de Centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica, ser titulado superior con experiencia de 5 años en actividades de I+D+i o hayan dirigido proyectos de investigación del PN I+D+i 2008-2011 o anteriores durante 3 años;

ii. Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, realizar actividad investigadora, tener una jornada laboral de 800 horas.

El equipo de investigación debe cumplir los siguientes requisitos:

i. Ser Doctor o personal investigador con titulación superior.

ii. Pertenecer al equipo de la entidad solicitante y realizar actividad investigadora,

El equipo de trabajo debe cumplir los siguientes requisitos:

i. Participar en la ejecución del proyecto en calidad de personal en formación, técnicos de apoyo, personal contratado, profesores invitados, personal investigador perteneciente a entidades de investigación sin domicilio social en España…

CUANTÍA

OPIs, otros Centros Investigación del Sector Público, Universidades Públicas y Entidades de Derecho Público: 100% Costes Marginales
Resto: 50% Costes Totales

MODALIDAD

SUBVENCIÓN

DURACIÓN

1, 2 o 3 años

PLAZOS SOLICITUD

PRIMER PLAZO: 14/11/2013
SEGUNDO PLAZO: de 1/02/2014 a 31/03/2014

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si, excepto Fondos Estructurales

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Convocatoria 2013 Explora Ciencia y Explora Tecnología

Las convocatorias Explora Ciencia y Explora Tecnología tienen por objetivo promover la ejecución de proyectos de investigación básica y tecnológica cuyos resultados puedan llegar a representar un avance significativo del conocimiento, mediante el planteamiento y desarrollo de nuevos enfoques y/o metodologías inalcanzables de otro modo.

ENTIDAD OFERTANTE MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA Orden ECC/1779/2013RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2013
OBJETO
Promover la ejecución de proyectos de investigación básica y tecnológica cuyos resultados puedan llegar a representar un avance significativo del conocimiento, mediante el planteamiento y desarrollo de nuevos enfoques y/o metodologías inalcanzables de otro modo y que, por la naturaleza de los conocimientos generados, pudieran tener un marcado carácter transversal. Por ello, se financiará la exploración de ideas heterodoxas y radicalmente innovadoras.
BENEFICIARIOS 1. Organismos públicos de investigación.
2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I.
3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la AGE, y los dependientes o vinculados a las AAPP territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
5. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004.
6. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o contribuyan a su difusión.
7. Centros tecnológicos de ámbito estatal y Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES 1. PERSONAL CONTRATADO: doctores titulados superiores y personal técnico.
2. EQUIPAMIENTO, INSTRUMENTAL Y MATERIAL: adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación. Incluye equipos informáticos, programas técnicos y material bibliográfico.
3. FUNGIBLES, SUMINISTROS Y SIMILARES.
4. UTILIZACIÓN Y ACCESO A INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS SINGULARES Y GRANDES INSTALACIONES CIENTÍFICAS.
5. OTROS GASTOS: viajes, dietas, asistencia a congresos, visitas…
6. SOLICITUD Y MANTENIMIENTO DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.
7. PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS.
9. FORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CIENTÍFICO-TÉCNICAS.

La subcontratación no podrá superar el 25% de la ayuda.COSTES INDIRECTOS: hasta 21% de los costes directos.INFORME DE AUDITORÍA por cambio entidad beneficiaria: hasta 1.200€.
TIPOLOGÍA DE PROYECTOS (individuales) A) «Explora Ciencia»: propuestas cuyos objetivos supongan una reevaluación de paradigmas establecidos y aceptados, y podrán tener proyección en diferentes ámbitos científicos.
B) «Explora Tecnología»: propuestas cuyos objetivos estén orientados a las diferentes ramas de la tecnología, que supongan una búsqueda de nuevas soluciones y aplicaciones en diferentes ámbitos y la ejecución de «pruebas de concepto».
CARACTERÍSTICAS EQUIPO El IP debe cumplir los siguientes requisitos:
i. Ser Doctor o, en caso de Centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica, ser titulado superior con experiencia de 5 años en actividades de I+D+i o hayan dirigido proyectos de investigación del PN I+D+i 2008-2011 o anteriores durante 3 años;
ii. Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, realizar actividad investigadora, tener una jornada laboral de 800 horas.
El equipo de investigación debe cumplir los siguientes requisitos:
i. Ser Doctor o personal investigador con titulación superior.
ii. Pertenecer al equipo de la entidad solicitante y realizar actividad investigadora,
El equipo de trabajo debe cumplir los siguientes requisitos:
i. Participar en la ejecución del proyecto en calidad de personal en formación, técnicos de apoyo, personal contratado, profesores invitados, personal investigador perteneciente a entidades de investigación sin domicilio social en España…
CUANTÍA 100% Costes Marginales
MODALIDAD SUBVENCIÓN
DURACIÓN 1 o 2 años
PLAZOS SOLICITUD De 16/12/2013 a 15/01/2014
CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si, excepto Fondos Estructurales
Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34 986 44 33 11 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com

Convocatoria 2013 I+D Retos-Investigación

La convocatoria de I+D Retos-Investigación tiene por finalidad financiar proyectos de investigación, tanto experimentales como teóricos, cuyos objetivos contribuyan a resolver cualquier aspecto recogido en los ocho grandes retos de la sociedad española, identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación.


ENTIDAD OFERTANTE

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

Orden ECC/1780/2013
RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2013

OBJETO

Financiar proyectos de investigación que tengan la consideración de actividades no económicas, consistentes en trabajos experimentales o teóricos con el objetivo de adquirir nuevos conocimientos con orientación específica hacia los 8 grandes retos de la sociedad española, de manera que estos nuevos conocimientos supongan un avance en el ámbito en el que se encuadren y dar respuesta a los retos identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación:

  1. Salud, cambio demográfico y bienestar.
  2. Seguridad, calidad alimentaria; actividad agraria productiva y sostenible; sostenibilidad de recursos naturales, investigación marina y marítima.
  3. Energía segura, sostenible y limpia.
  4. Transporte inteligente, sostenible e integrado.
  5. Acción sobre el cambio climático y eficiencia en la utilización de recursos y materias primas.
  6. Cambios e innovaciones sociales.
  7. Economía y sociedad digital.
  8. Seguridad, protección y defensa.

BENEFICIARIOS

1. Organismos públicos de investigación.

2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.

3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la AGE, y los dependientes o vinculados a las AAPP territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público.

4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

5. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004.

6. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.

7. Centros tecnológicos de ámbito estatal y Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.

Además, en caso de cofinanciación FEDER podrán acceder:

8. Organismos públicos: solo en modalidad subvención con anticipo reembolsable.

9. Organismos privados con personalidad jurídica creados para satisfacer necesidades de interés general y que

i. Financiados mayoritariamente por Estado, entes territoriales o organismos de derecho público; o

ii. Gestión sometida a control por alguna de las entidades del punto i; o

iii. Su órgano de administración, dirección o vigilancia está compuesto, al menos en más de la mitad, por representantes nombrados por alguna de las entidades del punto i.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

1. PERSONAL CONTRATADO: doctores titulados superiores y personal técnico.

2. EQUIPAMIENTO, INSTRUMENTAL Y MATERIAL: adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación. Incluye equipos informáticos, programas técnicos y material bibliográfico.

3. FUNGIBLES, SUMINISTROS Y SIMILARES.

4. UTILIZACIÓN Y ACCESO A INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS SINGULARES Y GRANDES INSTALACIONES CIENTÍFICAS.

5. OTROS GASTOS: viajes, dietas, asistencia a congresos, visitas…

6. SOLICITUD Y MANTENIMIENTO DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.

7. PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS.

9. FORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CIENTÍFICO-TÉCNICAS.

La subcontratación no podrá superar el 25% de la ayuda.
COSTES INDIRECTOS: hasta 21% de los costes directos.
INFORME DE AUDITORÍA por cambio entidad beneficiaria: hasta 1.200€.

TIPOLOGÍA DE PROYECTOS (individuales o en cooperación)

A) Proyectos dirigidos por investigadores jóvenes con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras que NO hayan dirigido proyectos de investigación de convocatorias del Plan Nacional de I+D+i 2008-2011 o sus equivalentes en planes de I+D+i anteriores de duración superior a 1 año (grado de Doctor posterior a 31/12/2002);

B) Proyectos dirigidos por uno o dos IPs.

CARACTERÍSTICAS EQUIPO

Los IPs deben cumplir los siguientes requisitos:

i. Ser Doctor o, en caso de Centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica, ser titulado superior con experiencia de 5 años en actividades de I+D+i o hayan dirigido proyectos de investigación del PN I+D+i 2008-2011 o anteriores durante 3 años;

ii. Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, realizar actividad investigadora, tener una jornada laboral de 800 horas.

El equipo de investigación debe cumplir los siguientes requisitos:

i. Ser Doctor o personal investigador con titulación superior.

ii. Pertenecer al equipo de la entidad solicitante y realizar actividad investigadora,

El equipo de trabajo debe cumplir los siguientes requisitos:

i. Participar en la ejecución del proyecto en calidad de personal en formación, técnicos de apoyo, personal contratado, profesores invitados, personal investigador perteneciente a entidades de investigación sin domicilio social en España…

CUANTÍA

OPIs, otros Centros Investigación del Sector Público, Universidades Públicas y Entidades de Derecho Público: 100%
Resto: 50%

MODALIDAD

SUBVENCIÓN; o SUBVENCIÓN CON ANTICIPO REEMBOLSABLE: ti 0%, sin garantía

DURACIÓN

1, 2, 3 o 4 años

PLAZOS SOLICITUD

Tecnologías de la Producción y las Comunicaciones: 26/11/2013
Humanidades y Ciencias Sociales: 27/11/2013
Medioambiente y Recursos Naturales: 28/11/2013
Ciencias de la Vida: 29/11/2013

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si, excepto Fondos Estructurales

Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34 986 44 33 11 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com

jueves, 7 de noviembre de 2013

Convocatoria 2013 de I+D Excelencia

La convocatoria de I+D Excelencia, de la Secretaría de Estado de I+D+i, tiene por finalidad financiar proyectos de investigación experimentales o teóricos de alta calidad sin orientación temática predefinida. Estos proyectos tienen como objetivo principal el obtener resultados que supongan un avance significativo del conocimiento y tengan un alto impacto científico-técnico, internacional, social o económico.


ENTIDAD OFERTANTE

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

Orden ECC/1779/2013
RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2013

OBJETO

Financiar proyectos de investigación consistentes en trabajos experimentales o teóricos con el objetivo de adquirir nuevos conocimientos acerca de los fundamentos subyacentes de los fenómenos y hechos observables, aunque no existan perspectivas inmediatas de aplicación práctica y directa, y deben suponer un avance importante en el ámbito en el que se encuadren.

BENEFICIARIOS

1. Organismos públicos de investigación.

2. Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I.

3. Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la AGE, y los dependientes o vinculados a las AAPP territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

4. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.

5. Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real Decreto 339/2004.

6. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o contribuyan a su difusión.

7. Centros tecnológicos de ámbito estatal y Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.

Además en el caso de cofinanciación FEDER podrán acceder:

8. Organismos públicos: solo en modalidad subvención con anticipo reembolsable.

9. Organismos privados con personalidad jurídica creados para satisfacer necesidades de interés general y que

i. Financiados mayoritariamente por Estado, entes territoriales o organismos de derecho público; o

ii. Gestión sometida a control por alguna de las entidades del punto i; o

iii. Su órgano de administración, dirección o vigilancia está compuesto, al menos en más de la mitad, por representantes nombrados por alguna de las entidades del punto i.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

1. PERSONAL CONTRATADO: doctores titulados superiores y personal técnico.

2. EQUIPAMIENTO, INSTRUMENTAL Y MATERIAL: adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación. Incluye equipos informáticos, programas técnicos y material bibliográfico.

3. FUNGIBLES, SUMINISTROS Y SIMILARES.

4. UTILIZACIÓN Y ACCESO A INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS SINGULARES Y GRANDES INSTALACIONES CIENTÍFICAS.

5. OTROS GASTOS: viajes, dietas, asistencia a congresos, visitas…

6. SOLICITUD Y MANTENIMIENTO DE DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.

7. PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS.

9. FORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES CIENTÍFICO-TÉCNICAS.

La subcontratación no podrá superar el 25% de la ayuda.
COSTES INDIRECTOS: hasta 21% de los costes directos.
INFORME DE AUDITORÍA por cambio entidad beneficiaria: hasta 1.200€.

TIPOLOGÍA DE PROYECTOS (individuales o en cooperación)

A) Proyectos dirigidos por investigadores jóvenes con contribuciones científico-técnicas relevantes e innovadoras que NO hayan dirigido proyectos de investigación de convocatorias del Plan Nacional de I+D+i 2008-2011 o sus equivalentes en planes de I+D+i anteriores de duración superior a 1 año (grado de Doctor posterior a 31/12/2002);

B) Proyectos dirigidos por uno o dos IPs.

CARACTERÍSTICAS EQUIPO

Los IPs deben cumplir los siguientes requisitos:

i. Ser Doctor o, en caso de Centros tecnológicos y de apoyo a la innovación tecnológica, ser titulado superior con experiencia de 5 años en actividades de I+D+i o hayan dirigido proyectos de investigación del PN I+D+i 2008-2011 o anteriores durante 3 años;

ii. Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, realizar actividad investigadora, tener una jornada laboral de 800 horas.

El equipo de investigación debe cumplir los siguientes requisitos:

i. Ser Doctor o personal investigador con titulación superior.

ii. Pertenecer al equipo de la entidad solicitante y realizar actividad investigadora,

El equipo de trabajo debe cumplir los siguientes requisitos:

i. Participar en la ejecución del proyecto en calidad de personal en formación, técnicos de apoyo, personal contratado, profesores invitados, personal investigador perteneciente a entidades de investigación sin domicilio social en España…

CUANTÍA

OPIs, otros Centros Investigación del Sector Público, Universidades Públicas y Entidades de Derecho Público: 100%
Resto: 50%

MODALIDAD

SUBVENCIÓN; o SUBVENCIÓN CON ANTICIPO REEMBOLSABLE: ti 0%, sin garantía

DURACIÓN

1, 2, 3 o 4 años

PLAZOS SOLICITUD

Tecnologías de la Producción y las Comunicaciones: 26/11/2013
Humanidades y Ciencias Sociales: 27/11/2013
Medioambiente y Recursos Naturales: 28/11/2013
Ciencias de la Vida: 29/11/2013

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si, excepto Fondos Estructurales

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jueves, 17 de octubre de 2013

Ayudas al Fomento de la Propiedad Industrial

Se trata de ayudas a empresas para la protección de la propiedad industrial desarrollada por empresas en Galicia. Con este apoyo financiero se busca la equiparación de la actividad registral del tejido empresarial Gallego, con el del resto del Estado español y, consecuentemente, un avance de las condiciones de competitividad de Galicia.

Esta convocatoria se tramita en la modalidad de concurrencia no competitiva, de modo que las solicitudes de subvención serán atendidas respetando su orden de entrada y sin comparación con otras solicitudes, hasta el agotamiento del crédito disponible, que para esta anualidad es de 250.000€.

Asimismo, se ha optado por unificar todo el proceso de gasto (realización y pago), de tal forma que solamente se presente una solicitud de subvención una vez realizados y pagados los gastos subvencionables. Por sus características, son ayudas sujetas al régimen de mínimis.


ENTIDAD OFERTANTE

AXENCIA GALEGA DE INNOVACIÓN

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2013
(DOG 16/10/2013 pág. 40.928)

OBJETO

Fomentar la protección de la propiedad industrial en Galicia, tanto a nivel nacional como internacional, para garantizar la plena explotación de los resultados de nuestras innovaciones mediante el impulso de la protección de las innovaciones técnicas (invenciones). Estas subvenciones se destinarán a atender los gastos derivados de la tramitación de solicitudes de títulos de propiedad industrial relativos a invenciones y de su renovación, ante las oficinas nacionales, regionales o internacionales.

BENEFICIARIOS

EMPRESAS PRIVADAS CON PERSONALIDAD JURÍDICA que tengan su domicilio social o algún centro productivo en la Comunidad Autónoma de Galicia, siempre que los conceptos para los que solicitan la subvención tengan aplicación directa en estos centros productivos.

(Excluidas las empresas en crisis, al sector del carbón y a los demás sectores contemplados en el artículo 1.1 de el Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión. Las empresas pertenecientes al sector pesquero, contempladas en el Reglamento (CE) 875/2007 de la Comisión, y las empresas del sector de la producción de productos agrícolas, contempladas en el Reglamento (CE) 1535/2007 de la Comisión, sí podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria)

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

a) Solicitud de títulos de propiedad industrial correspondientes a invenciones, ante las oficinas nacionales, regionales o internacionales:

Tasas aplicadas por dichas oficinas para la realización de todos los trámites que sean necesarios.

Gastos de consultoría externa* asociados a la preparación y presentación ante dichas oficinas.

b) Mantenimiento de los títulos de propiedad industrial correspondientes a invenciones. Se incluyen todos los trámites para la renovación y puesta en explotación de patentes y modelos de utilidad realizados ante la oficina oficial de propiedad industrial correspondiente:

Tasas aplicadas por dichas oficinas para la realización de todos los trámites que sean necesarios.

Gastos de consultoría externa* asociados a la preparación y presentación ante dichas oficinas.

c) Análisis de registrabilidad de los títulos de propiedad industrial correspondientes a invenciones:

Precios públicos aplicados por la OEPM asociados la realización de búsquedas retrospectivas o informes tecnológicos de patentes.

Gastos de consultoría externa* asociados a la realización de búsquedas de antecedentes registrales o informes de registrabilidad, efectuados con carácter previo a la solicitud de protección del título de que se trate.

La subvención de estos gastos está condicionada a la presentación, ante la oficina de que se trate, de la solicitud del título correspondiente.

*Para los gastos de consultoría se establecen unas cuantías máximas subvencionables en el anexo V de la convocatoria.

CUANTÍA

70%

SUBVENCIÓN MÁXIMA

30.000 €

PLAZOS REALIZACIÓN GASTOS

01/01/2013 – hasta solicitud

PLAZOS SOLICITUD

15/11/2013

CONCURRENCIA COMPETITIVA No COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS No

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Nueva Ley de Emprendedores

El pasado 28 de Septiembre se publicó en el BOE la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización. Queremos destacar las novedades que se han introducido vinculadas a las deducciones fiscales por actividades de I+D+i y a la reducción de ingresos por cesión de uso de determinados activos intangibles (Patent box); estas novedades se contemplan en los apartados Uno, Dos y Cuatro del artículo 26 de dicha Ley.

 

DEDUCCIONES POR I+D+i

En el caso de las deducciones por actividades de I+D+i se han desarrollado considerables mejoras en el caso de entidades que apliquen el tipo general de gravamen, el 35% o la escala del artículo 114 de la Ley 4/2004, según lo cual, para cantidades que se generen a partir del 1 de enero de 2013, podrán opcionalmente aplicar sin límite las deducciones,  pero con un descuento del 20% de su importe, pudiendo incluso solicitar su abono a la AEAT, en caso de insuficiencia en cuota. Para la aplicación de este exceso, será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Que transcurra, al menos un año, sin que se haya aplicado la deducción, desde la finalización del período impositivo en que se generó.

b) Que la plantilla media o, alternativamente, la plantilla media adscrita a actividades de I+D+i, no se vea reducida desde el final del período impositivo en que se generó la deducción hasta la finalización del plazo a que se refiere la letra c) siguiente.

c) Que en los dos años siguientes a la finalización del periodo impositivo en el que se aplica la deducción, se destine a gastos de I+D+i un importe equivalente a la deducción aplicada o abonada.

d) Que la entidad haya obtenido un Informe Motivado sobre la calificación de las actividades como I+D+i o un acuerdo previo de valoración.

El importe de la deducción aplicada o abonada no podrá superar los 3 millones de euros anuales para I+D+i y 1 millón de euros para actividades de innovación. Estos límites se aplicarán también a todo un grupo de sociedades, según los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio.

 

PATENT BOX

En relación al artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, dedicado a la reducción de ingresos procedentes de determinados activos intangibles, destacamos varias mejoras:

  • La reducción por la cesión del derecho de uso o de explotación pasa del 50% al 60%.
  • Se elimina el límite de aplicación de la reducción, que actualmente está situado en el ejercicio siguiente a aquel en el que se superan 6 veces los costes de generación del activo.
  • La entidad cedente debe haber creado los activos objeto de cesión en al menos un 25% de su coste, frente al 100% anterior.
  • Se excluyen como paraísos fiscales de cara a la residencia del cesionario los situados en estados miembros de la UE, caso de Chipre.
  • Se incluye la aplicación del incentivo en el caso de TRANSMISIÓN de los activos intangibles, siempre que se realice entre entidades que no formen parte de un mismo grupo.
  • Para dar seguridad jurídica a la aplicación del incentivo se crean dos procedimientos pendientes de reglamentación: ACUERDOS PREVIOS DE VALORACIÓN para los ingresos y los gastos, y ACUERDO PREVIO DE CALIFICACIÓN de los activos como pertenecientes a patentes, dibujos o modelos, planos, fórmulas o procedimientos secretos, de derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas.

Como puntos desfavorables frente a la situación actual señalar que la reducción ya no se aplica sobre los ingresos brutos procedentes de la cesión, sino sobre las rentas, es decir, sobre la diferencia positiva entre los ingresos del ejercicio procedentes de la cesión y las cantidades que sean deducidas en el mismo por amortización, por deterioros, y por gastos del ejercicios directamente relacionados con el activo cedido. En el caso de activos intangibles no reconocidos en el balance de la entidad, se entenderá por rentas el 80% de los ingresos procedentes de la cesión de aquellos.

Esta modificación en el Patent Box entrará en vigor para las cesiones de activos intangibles realizadas a partir del 29 de septiembre de 2013, las cesiones realizadas antes seguirán regulándose por lo establecido en el apartado 8 de la Disposición final octava de la Ley 16/2007.

Más info:

Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización

jueves, 5 de septiembre de 2013

Abierta la convocatoria Conecta Peme

Acaba de salir publicada la nueva acción de la Axencia Galega de Innovación (GAIN) para fomentar la cooperación público-privada a través de proyectos de investigación y desarrollo en cooperación entre pymes en áreas estratégicas para la Comunidad Autónoma de Galicia de Galicia.
 
Se trata de una convocatoria de ayudas que sigue la línea del Programa FEDER-INNTERCONECTA, con características muy similares aunque es este caso está dirigida exclusivamente a PYMEs.
Adjuntamos resumen sobre esta línea de ayudas (código de procedimiento IN852A):
 
ENTIDAD OFERTANTE AXENCIA GALEGA DE INNOVACIÓN
BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA RESOLUCIÓN de 3 de septiembre de 2013 (DOG núm. 169 del 5 de septiembre de 2013)
OBJETO
Financiar proyectos consorciados de investigación industrial y desarrollo experimental (I+D) de pymes en áreas estratégicas para Galicia.
BENEFICIARIOS AGRUPACIÓN DE PYMEs compuesta por mín 3 y MÁX 6 PYMEs autónomas con al menos una PEQUEÑA* y al menos un ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN** subcontratado (mín 15% y MÁX 25% del presupuesto total).
 
NOTA: pueden participar PYMEs de fuera de Galicia si declaran que se van a establecer en Galicia antes de finalizar el proyecto. En caso contrario su parte no será financiable ni cuenta para requisitos.
 
*Si la pequeña no va en la Agrupación debe ir Subcontratada.
 
**De fuera de Galicia solo se aceptan OIs cuando sean imprescindibles y no exista ninguno en la comunidad con la capacidad necesaria. En este caso, la subcontratación no puede superar 1/3 del total subcontratado a OIs. Quedan excluidos de esta limitación los centros singulares de estatuto internacional, como el Laboratorio Ibérico Internacional de Nanotecnología (INL de Braga).
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

  1. PERSONAL (acorde Grupo Cotización con Titulación y costes máximos por grupo cotización).
  2. SERVICIOS TECNOLÓGICOS EXTERNOS → MÁX 50% incluyendo MÁX 25% de OIs.
  3. DEDICACIÓN DE EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL NUEVO. (aportar 3 presupuestos cuando el coste de adquisición supere 18.000)
  4. OTROS COSTES DE FUNCIONAMIENTO: material, suministros y similares.
  5. GESTIÓN: solo del REPRESENTANTE de la agrupación que podrá externalizar la gestión pero no la interlocución con GAIN.
NOTA: las auditorías las realizará GAIN.
TIPOLOGÍA DE PROYECTOS

a) Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.
b) Desarrollo experimental: la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios. Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales. Son también subvencionables la producción y ensayo experimentales de productos, procesos y servicios, siempre y cuando no puedan utilizarse o transformarse para su uso en aplicaciones industriales o para fines comerciales. El desarrollo experimental no incluye las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, aun cuando dichas modificaciones puedan representar mejoras de los mismos.

AREAS ESTRATÉGICAS PRINCIPALES
Salud; alimentación, agricultura, pesca y biotecnología; tecnologías de la información y la comunicación; nanociencias, nanotecnologías, materiales y nuevas tecnologías de producción; energía; medio ambiente (incluido el cambio climático); transporte (incluida la aeronáutica); ciencias socioeconómicas y las humanidades; la seguridad, la construcción e ingeniería civil y el turismo.
CRITERIOS VALORACIÓN 25ptos EXCELENCIA CIENTÍFICO-TÉCNICA
10ptos ADECUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA
15ptos EVALUACIÓN DE LA AGRUPACIÓN
20ptos MERCADO POTENCIAL DE LOS RESULTADOS
10ptos CAPACIDAD INTERNACIONALIZACIÓN RESULTADOS
20ptos IMPACTO SOCIO-ECONÓMICO
CUANTÍA AYUDA Investigación industrial: PEQ 80%; MED 75%
Desarrollo experimental: PEQ 60%; MED 50%
PRESUPUESTO MÍNIMO 600.000 euros (mín por PEME 75.000 euros)
Ninguna PYME puede ejecutar más del 65% del presupuesto.
PLAZOS REALIZACIÓN GASTOS 1º: Desde la Solicitud – 31/12/2013
2ª: 01/01/2014 – 31/12/2014
3ª: 01/01/2015 – 30/06/2015
PLAZOS JUSTIFICACIÓN 1ª 31/12/2013*; 2ª 31/12/2014; 3ª 30/06/2015
ANTICIPOS SI máximo 50% y presentando garantías por las cantidades anticipadas.
PLAZOS SOLICITUD 07/10/2013
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA, aunque en 1ª instancia GAIN reclamará el incumplimiento al socio causante.

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS No

Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34-986443311 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com

viernes, 26 de julio de 2013

Ayudas a Inversiones Innovadoras

Una nueva convocatoria de ayudas a inversiones de carácter innovador en el ámbito de Galicia, esta vez promovida por la Axencia Galega de Innovación, por lo que podrán beneficiarse empresas de cualquier tamaño.

Se trata de subvenciones para la realización de inversiones innovadoras para el crecimiento que permitan mejorar la competitividad de la empresa, incrementando su capacidad innovadora. Con esta finalidad las ayudas subvencionan las inversiones que permitan la diversificación de la producción con nuevos o mejorados productos o servicios o supongan una transformación fundamental en el proceso global de producción, incluidas las dirigidas específicamente a incrementar la capacidad tecnológica e innovadora de la empresa.

Las ayudas reguladas en esta resolución estarán cofinanciadas en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder), en el marco del programa operativo Feder Galicia 2007-2013, eje 1, Desarrollo de la economía del conocimiento (I+D+i, sociedad de la información y TIC), tema prioritario 07, Inversiones en las empresas directamente vinculadas a la innovación, actuación 1.07.1, Ayudas a la Innovación Estratégica: apoyo específico para que las empresas se doten de estrategias de innovación y tecnologías.


ENTIDAD OFERTANTE

AXENCIA GALEGA DE INNOVACIÓN

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

RESOLUCIÓN 11/07/2013 (DOG 22/07/2013 pág. 28.953)

OBJETO

Incentivar el desarrollo de actuaciones que incidan en la capacidad competitiva de las empresas y que incrementen su capacidad tecnológica e innovadora mediante la dotación de recursos materiales específicos para desarrollar sus proyectos de innovación, así como la dotación específica de unidades de I+D como vía de mejora de su competitividad mediante la puesta en el mercado de nuevos o mejorados productos o servicios, y la transferencia de tecnología entre organizaciones densas en conocimiento y orientadas a la innovación

BENEFICIARIOS

EMPRESAS PRIVADAS CON PERSONALIDAD JURÍDICA

(CNAE-09 excluidos: 01, 02, 03, 05, 10.2, 24.1, 24.2, 24.3, 24.51, 24.52, 30.11, sector de fibras sintéticas y actividades relacionadas con la exportación)

TIPO DE INVERSIONES

a) Inversiones innovadoras

    a.1) Creación de un nuevo centro productivo; la ampliación de un establecimiento de la empresa solicitante con la finalidad de permitir el desarrollo de nuevos productos y procesos.

    a.2) Diversificación de la producción de un establecimiento para atender mercados de productos nuevos y adicionales.

    a.3) Una transformación fundamental de carácter innovador en el proceso global de producción de un establecimiento existente.

b) Dotación de unidades de I+D. Creación y ampliación de la capacidad tecnológica estable dentro de las empresas mediante estructuras de investigación e innovación de dimensión apropiada para la generación de desarrollo tecnológico y no asociadas a la actividad productiva.

c) Transferencia de tecnología mediante la adquisición de licencias relativas a invenciones.

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

a) Maquinaria necesaria para el proyecto siempre que supongan una mejora tecnológica significativa e innovadora en los procesos o en la actividad de la empresa. En el sector del transporte no serán subvencionables los medios y equipos de transporte.

b) Equipamiento específico para el incremento de la capacidad tecnológica e innovadora de la unidad de I+D.

c) Instalaciones y acondicionamientos imprescindibles para el funcionamiento de los equipamientos adquiridos. (MAX. 25 % del total de la inversión)

d) Adquisición de derechos sobre títulos de propiedad industrial relativos a invenciones.

CUANTÍA

PEQUEÑA EMPRESA: 50%
MEDIANA EMPRESA: 40%
GRAN EMPRESA y SECTOR TRANSPORTE: 30%

PRESUPUESTO MÍNIMO

a) 50.000 hasta 300.000 €; b) 30.000 €; c) 0 €.

SUBVENCIÓN MÁXIMA

a) 150.000 €; b) 100.000 €; c) 20.000 €.

PLAZOS REALIZACIÓN GASTOS

Desde la Solicitud31/10/2013

ANTICIPOS

GAIN estudia esta posibilidad, en dicho caso se solicitarán Garantías.

PLAZOS SOLICITUD

22/08/2013

ANTICIPO

Hasta el 25% con Resolución de Concesión

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS Si dentro de las cuantías, excepto DX de I+D+i, GAIN, IGAPE o fondos UE

Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34-986443311 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com

viernes, 19 de julio de 2013

Ayudas Conecta PEMES

Ya está totalmente perfilada la nueva acción de la Axencia Galega de Innovación (GAIN) para el apoyo a proyectos de I+D promovidos por consorcios de PYMEs de Galicia. A falta de su aprobación definitiva, está prevista su publicación para comienzos del próximo mes de septiembre.

Se trata de una convocatoria de ayudas que sigue la línea del Programa FEDER-INNTERCONECTA, con características muy similares aunque es este caso está dirigida exclusivamente a PYMEs y se limitan las subcontrataciones a Organismos de Investigación.

Adjuntamos resumen de lo que se conoce hasta el momento sobre esta acción:

ENTIDAD OFERTANTE

AXENCIA GALEGA DE INNOVACIÓN

BASES REGULADORAS / CONVOCATORIA

Pte. publicación DOG, estimada para inicio de SEPTIEMBRE

OBJETO

Financiar proyectos consorciados de I+D en las áreas prioritarias de la estrategia RIS3 (Especialización Inteligente) de Galicia.

BENEFICIARIOS

AGRUPACIÓN DE PYMEs compuesta por mín 3 y MÁX 6 PYMEs autónomas con al menos una PEQUEÑA* y una MEDIANA* y al menos un ORGANISMO DE INVESTIGACIÓN** subcontratado (mín 15% y MÁX 25%). Ninguna PYME puede ejecutar más del 65% del presupuesto.

NOTA: pueden participar PYMEs y OIs de fuera de Galicia si declaran que se van a establecer en Galicia antes de finalizar el proyecto.

*Si no van en la Agrupación deben ir Subcontratadas.

**De fuera de Galicia solo se acepta el Laboratorio Ibérico Internacional de Nanotecnología (INL de Braga).

CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

  1. PERSONAL (acorde Grupo Cotización con Titulación).
  2. SERVICIOS TECNOLÓGICOS EXTERNOS → MÁX 50% incluyendo MÁX 25% de OIs.
  3. DEDICACIÓN DE EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL NUEVO.
  4. OTROS COSTES DE FUNCIONAMIENTO: material, suministros y similares.
  5. GESTIÓN: solo del REPRESENTANTE de la agrupación que podrá externalizar la gestión pero no la interlocución con GAIN.

NOTA: las auditorías las realizará GAIN.

CRITERIOS VALORACIÓN

25ptos EXCELENCIA CIENTÍFICO-TÉCNICA
10ptos ADECUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA
15ptos EVALUACIÓN DE LA AGRUPACIÓN
20ptos MERCADO POTENCIAL DE LOS RESULTADOS
10ptos CAPACIDAD INTERNACIONALIZACIÓN RESULTADOS
20ptos IMPACTO SOCIO-ECONÓMICO

CUANTÍA

Investigación: PEQ 80%; MED 75%
Desarrollo: PEQ 60%; MED 50%

PRESUPUESTO MÍNIMO

600.000 euros (mín por PEME 75.000 euros)

PLAZOS REALIZACIÓN GASTOS

Desde la Solicitud30/06/2015

PLAZOS JUSTIFICACIÓN

30/12/2013*;30/12/2014;30/06/2015

*GAIN estima que estén los proyectos concedidos en Noviembre.

ANTICIPOS

GAIN estudia esta posibilidad, en dicho caso se solicitarán Garantías.

PLAZOS SOLICITUD

30 días desde su publicación en DOG

RESPONSABILIDAD

SOLIDARIA, aunque en 1ª instancia GAIN reclamará el incumplimiento al socio causante.

 

CONCURRENCIA COMPETITIVA Si COMPATIBILIDAD OTRAS AYUDAS No

Si estás interesado en solicitar estas ayudas, puedes llamar al teléfono de Serviguide +34-986443311 o contactar por correo con nosotros en la dirección innovacion@serviguide.com