Comenzamos un año que sin duda estará marcado por los recortes en las ayudas directas a los proyectos de I+D+i, por eso nos gustaría recordaros como sacar el máximo partido de los gastos a realizar en esta materia. Nos referimos a las deducciones fiscales por actividad de I+D+i, un apoyo indirecto al esfuerzo innovador de nuestro tejido empresarial, que según datos de diversos estudios, en nuestro país ya utilizan más del 50% de las empresas.
La deducción está respaldada por el artículo 35 del RDL 4/2004 y se aplica sobre la cuota íntegra del impuesto de sociedades. Puede ir, desde el 8% del importe de los gastos ejecutados durante el ejercicio fiscal y vinculados a actividades de innovación (IT), hasta el 25%, si se trata de actividades de investigación y/o desarrollo tecnológico (I+D). Adicionalmente para el caso de actividades I+D, todos aquellos gastos que excedan la media del gasto en I+D de los dos últimos años, deducirán un 42% en vez del 25%.
El ahorro fiscal supone minorar hasta en un 35% la cuota íntegra -esto es, el pago a la Agencia Tributaria- pero en función del esfuerzo innovador de la empresa en el ejercicio, podría alcanzar el 50% de reducción del mismo. Además, la Ley permite conservar el excedente sobre la cuota hasta gastarlo en 15 años, esto es, crear un "crédito fiscal" que ir aplicando en sucesivos impuestos.
Os ofrecemos una sencilla aplicación "calculadora" para conocer de forma rápida y aproximada el beneficio fiscal que podríais sacar de los gastos en I+D+i vinculados a vuestros proyectos. A continuación os ofrecemos un ejemplo de su utilidad.
En este ejemplo podemos ver que combinar la subvención con la deducción nos permite reducir el coste propio de la ejecución del proyecto a poco más del 58% sobre el presupuesto.
Si queréis un análisis más profundo de vuestros gastos, os ofrecemos un Prediagnóstico Fiscal totalmente gratuito, para informaros de las deducciones fiscales que se podrían llegar a obtener en función de la descripción y de los gastos asociados a vuestros proyectos de I+D+i. Cumplimentad el formulario, enviadlo a la dirección innovacion@serviguide.com y en breve nos pondremos en contacto con vosotros. Podemos asesoraros también en otras ventajas fiscales como la bonificación en cuota de la seguridad social por personal investigador o en la reducción de ingresos fiscales por la cesión de uso de activos intangibles protegidos o no.